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Título

Capitulos generales de las Cortes celebradas en la villa de Madrid en los años deseiscientos y siete, onze, y quinze, Prematicas, y Cedulas reales, publicadas en la dicha villa, â veinte y dos dias del mes de agosto de mil seiscientos y diez y nueue años

Autor

Castilla (Reino) - Cortes
Felipe III, Rey de España
Cuesta, Juan de la (fl. 1604-1627) - impresor
Robles, Francisco de (fl. 1593-1623) - editor
Castilla (Reino) - Cortes (1607. - Madrid)
Castilla (Reino) - Cortes (1611. - Madrid)
Castilla (Reino) - Cortes (1615. - Madrid)
España - Pragmática, 1619-06-28
España - Pragmática, 1619-07-21
España - Cédula, 1619-06-28
España - Cédula, 1619-07-21

Fecha
1619
Datos de edición
En Madrid : por Iuan de la Cuesta
Tipo de Documento
Libro
Materia
Descripción física
[4], 134 p., [2] en bl.; Fol.
Signatura
3/23363(1)
PID
bdh0000218373
Contenido
Capitulos generales de las Cortes que se començaron en la villa de Madrid, el año passado de seiscientos y siete, publicadas en la dicha villa en veinte y dos dias del mes de agosto de mil y seiscientos y diez y nueue años (p. 1-[32]). Capitulos generales de las Cortes que se comēçarō en la villa de Madrid el año passado de seiscientos y onze, publicadas en la dicha villa en veinte y dos del mes de agosto de mil y seiscientos y diez y nueue (p. 33-54). Capitulos generales de las Cortes que se comēçarō en la villa de Madrid el año passado de mil y seiscientos y quinze, publicadas en la dicha villa en veinte y dos del mes de agosto de mil y seiscientos y diez y nueue (p. 55-[76]). Prematica a instancia, y suplicacion del Reyno, en que se manda, que las decimas de las execuciones que se hizieren, no se cobren, sino fuere auiendo passado setenta y dos horas, desde la en que se trauare (p. 77-60 [i.e. 80]). Prematica a instancia del Reyno, en que se manda, que en ningunos de sus Consejos, Audiencias, ni Iuezes inferiores se admitan memoriales sin firma (p. 81-84). Cedula de su Magestad, a instancia del Reyno, por la qual tiene por bien, y manda, se guarden los capitulos aqui insertos, que tratan del gouierno del Concejo de la Mesta (p. 85-[102]). Cedula de su Magestad, a instancia del Reyno, por la qual tiene por bien, y manda, se vayan consumiendo, como fueren vacando, las varas de Alguaziles de Corte, hasta quedar en el numero de sesenta y que cessen los arrendamiētos, que dellas estuuieren hechos, y las siruan los propietarios (p. 103-106). Cedula de su Magestad, por la qual tiene por bien, y manda, que desde el dia de la fecha de esta cedula se consuma el Batallon, ô Milicia, que se ha introduzido en estos Reynos (p. 107-[110]). Cedula de su Magestad, à instancia del Reyno, por la qual manda, toquen â los Ayuntamientos las apelaciones, que se interpusieren de sentencias difinitiuas de cantidad de 30 [mil] marauedis (p. 111-112). Cedula de su Magestad, à instancia del Reyno, tiene por bien, y manda, que por tiempo de veinte años no se labre ningun genero de moneda de vellon, y manda su Magestad no puedan dispensar en esto los Procuradores de Cortes sin consulta de sus ciudades, y villa (p. 113-[116]). Cedula de su Magestad, tiene por bien, y manda, salgan del Reyno, dentro de seis meses los gitanos, que andan vagando por el, y que no bueluan so pena de muerte, con los que quisieren quedarse sea en lugares de mil vezinos arriba (p. 117-118). Cedula de su Magestad, à instancia del Reyno, tiene por bien, y manda no entre en estos Reynos sedas ningunas de fuera dellos (p. 119-121). Cedula de su Magestad, à instancia del Reyno, tiene por bien, y manda, que los Alcaldes de sacas, no puedan visitar su destrito, sino fuere de quatro en quatro años y guarden en el exercicio de sus oficios, la forma que aqui se les da (p. 122-126). Cedula de su Magestad, tiene por bien, y manda, que desde el dia de la fecha desta cedula cesse, y se consuman los Caualleros Quantiosos del Andaluzia (p. 127-128). Cedula de su Magestad, a instancia del Reyno, por la qual manda, que en todas las ciudades, y villas destos Reynos, no aya mas alguaziles, de los que puede auer por executoria, ô recaudo, que qualquiera de las dichas ciudades, y villas tengan (p. 129-[132]). Cedula de su Magestad, por la qual da licencia â qualquier persona que labrare en cada vn año veinte y cinco hanegas de tierra, y las sembrare, pueda andar en coche de dos mulas, excepto en la Corte (p. 133-134)
Descripción y notas
Gil Ayuso 756.
Existe otra edición con el mismo pie de imprenta pero diferente paginación y composición tipográfica
Sign.: ¶², A -H⁸, I⁴
Portada con escudo xilográfico real
Capítulos y pragmáticas con portadas propias; cédulas sin portadas
Título uniforme
Título

Copia de vn decreto, y orden del Rey nuestro señor, rubricado de su Real mano, para el señor Presidente de Castilla, su fecha en el Pardo, a 14 de Enero, deste año de 1622

Autor

España
Robles, Francisco de (fl. 1593-1623) - impresor
España - Rey (1621-1665: Felipe IV)

Fecha
1622
Datos de edición
[Madrid] : [Francisco de Robles]
Tipo de Documento
Libro
Materia
Descripción física
[2] h.; Fol.
Signatura
MSS/18168(H.200R.-201V.)
PID
bdh0000258625
Descripción y notas
Traslado emitido en la villa de Madrid el 17 de enero de 1622
Gil Ayuso 787.
Existe otra edición con mismo pie de imprenta y descripción física pero con diferente composición tipográfica
Fecha y lugar de impresión tomados de la tasa. Impresor tomado de la licencia
Escudo real xilográfico en primera página. Inicial xilografiada
Título

Capitulos generales de las Cortes del año de mil y quinientos y nouenta y dos, fenecidas en el de nouenta y ocho y publicadas en el de seyscientos y quatro

Autor

Castilla (Reino) - Cortes (1592-1598. - Madrid)
Sánchez, Luis (fl. 1590-1627) - impresor
Robles, Francisco de (fl. 1593-1623) - editor
Felipe II, Rey de España
Felipe III, Rey de España

Fecha
1604
Datos de edición
En Valladolid : por Luys Sanchez
Tipo de Documento
Libro
Materia
Descripción física
[3], 37 h., [1] en bl.; Fol.
PID
bdh0000254170
Descripción y notas
Capitulos Generales: "Dada en Madrid a primero de Deziembre de mil y seyscientos y tres años" ; firmado por Felipe III
No en Gil Ayuso
Según Gil Ayuso (nº 557, 558 y 559) existen otras ediciones con mismo pie de imprenta
Sign.: [ ]³, A -H⁴, I⁶
Errores de foliación: hoja 22 por hoja 21, 32 por 34 y 22 por 36
Portada con escudo real xilográfico
Iniciales grabadas y apostillas marginales
Título uniforme
Título

Prematicas que han salido este año de mil y seyscientos y quatro, publicadas en la Ciudad de Valladolid, a siete dias del mes de Enero del dicho año

Autor

España - Rey (1598-1621: Felipe III)
Sánchez, Luis (fl. 1590-1627) - editor
Robles, Francisco de (fl. 1593-1623) - editor
Íñiguez de Lequerica, Juan, Herederos de - editor
Felipe III, Rey de España
España - Rey (1598-1621: Felipe III) - Pragmática, - 1603-10-15
España - Rey (1598-1621: Felipe III) - Pragmática, - 1603-07-09

Fecha
1604
Datos de edición
En Valladolid : por Luis Sanchez
Tipo de Documento
Libro
Materia
Descripción física
3 pt. en 1 v. ([1], [1], 8, [1] h. ; [7] p., [1] en bl. ; [7] p., [1] en bl.); Fol.
PID
bdh0000254171
Contenido
Parte nº I: Prematica en que se declara la orden que han de guardar los Alcaldes entregadores en conocer de las causas que ante ellos se trataren Parte nº II: Prematica en que se da la orden en el examen de los Cirujanos Romancistas Parte nº III: Prematica para que los registros de los Escriuanos Reales, que residen en la Corte de su Magestad, y en las Chancillerias, muriendo, o haziendo ausencia, se entreguen por inuentario a la persona que nombrare el Presidente del Consejo, y en las Chancillerias, el Presidente dellas, y en otros lugares fuera de las cinco leguas, al Escriuano del Ayuntamiento
Descripción y notas
Cada pragmática con portada propia y escudo real xilográfico
Pragmática, 1603 -12 -13, tomada de parte I: "Dada en Santa Cruz de la Zarça, a treze dias del mes de Deziembre, de mil y seyscientos y tres años"
Pragmática, 1603 -10 -15, tomada de parte II: "Dada en Ve[n]tosilla a quinze dias del mes de Otubre, de mil y seyscientos y tres años"
Pragmática, 1603 -07 -09, tomada de parte III: "Dada en Valladolid, a nueue dias del mes de Iulio, de mil y seiscientos y tres años"
Gil Ayuso 562.
Cambio del pie de imprenta en primera parte: "En Valladolid, por los herederos de Iuan Iñiguez : vendese en casa de Francisco de Robles ... , 1604"
Sign.: [ ]¹, L¹, [ ]¹, L⁸ ; M⁴ ; N⁴
Portada con escudo real xilográfico
Título

Commentariorum iuris ciuilis in Hispaniae regias constitutiones, quartum librum nouae Recopilationis complectens tomus secundus [Texto impreso] / authore doctore Alphonso de Azeuedo

Autor

Acevedo, Alfonso de (1518-1598)
Robles, Francisco de (fl. 1593-1623) - editor
Viuda de Blas de Robles
Viuda de Pedro Madrigal
España - Recopilación de Leyes de estos reinos

Fecha
1595
Datos de edición
Madritij : ex officina Petri Madrigal
Edición
Accedunt huic vltimi impressioni copiosissima pro singulis legibus summaria / ab eodem authore recognita & expurgatio multorum merdorum ...
Tipo de Documento
Libro
Materia
Descripción física
[8], 883, [1] en bl., [72] p.; Fol.
Signatura
R/25750
PID
bdh0000295223
Descripción y notas
Sign.: [ ]4, A -Z8, 2A -2Z8, 3A -3H8, 3I10, 3K -3N8, 3O4
Texto a dos columnas
Portada con escudo xilográfico
Título uniforme
Título

Prematicas que han salido este año de nouenta y quatro, publicadas en diez y nueue dias de Enero del dicho año, demas de las quales se mandan guardar obras que estauan hechas hasta agora y se acrecientan las penas a los transgressores y se da la orden que se ha de tener para la execucion y obseruancia dellas

Autor

España
Madrigal, Pedro (fl. 1586-1594) - impresor
Robles, Francisco de (fl. 1593-1623) - editor
Junta, Tomás - impresor
Viuda de Blas de Robles - impresor
España - Rey (1556-1598: Felipe II)

Fecha
1594
Datos de edición
En Madrid : por Pedro Madrigal
Tipo de Documento
Libro
Materia
Descripción física
[2], 10, [13] h., [1] h. en bl., [3] h., [1] h. en bl., [9] h., [1] h. en bl.; Fol.
Signatura
r/19797
PID
bdh0000171572
Contenido
1. Prematica en que se manda guardar la de los tratamientos y cortesias y se acrecientan las penas contra los trangressores de lo en ella y en esta contenido ... 2. Prematica en que se manda guardar lo proueido por el capitulo de Cortes, en que se prohibio andar coches con menos de quatro cauallos y que se entienda y estienda lo por el prohibido en carricoches y carros largos y otros qualesquiera 3. Prematica en que se manda guardar lo proueido por vn capitulo de las Cortes del año de ochenta y seis en que se prohibio que los hombres no puedan traer en los cuellos, ni en puños, guarnicion alguna, ni almidon, ni gomas, ni filetes, sino sola la lechugilla de danda, ò lienço ... 4. Prematica en que se prohibe hazer y vender bufetes, escritorios, arquillas, braseros, chapines, mesas, contadores y otras cosas guarnecidas de plata batida ... 5. Prematica en que se manda guardar la en que se dio la forma en la labor de las sedas y se declara el peso que ha de tener cada vara 6. Prematica en que se manda guardar la de los vestidos y trages ... y se declara que los hombres puedan traer los vestidos que tuuieren hechos contra las dichas leyes por todo el año de nouenta y quatro y las mugeres por el de nouenta y cinco 7. Prematica para que lo dispuesto por las leyes contra los que jugaren dados, bueltos y carteta, se entienda y execute contra los que jugaren los juegos que dizen del bolillo y trompico, palo, o instrumento, que tengan encuentros, o azares, o reparos, y los tuuieren, vendieren o hizieren, y dieren casa y tableros para los jugar 8. Prematica en que se pone el precio que por cada mula de alquiler ha de lleuar cada vn dia y por meses, y que el retorno se dexe libremente a las personas que las alquilaren 9. Prematica en que se manda guardar las hechas, so las penas en ellas contenidas, y las que mas en cada vna dellas, y adiciones y declaraciones nueuas se ponen y se declaran ...
Descripción y notas
Clemete San Román, 610.
Gil Ayuso, F. Noticia bibliográfica de textos y disposiciones legales de los reinos de Castilla impresos en los siglos XVI y XVII 473.
Gil Ayuso recoge dos ediciones de estas pragmáticas en Madrid, por Pedro Madrigal, 1594 (número 472 y 473)
A partir de la 4ª pragmática el impresor es Tomás de Junta
Sign.: [ ]², A⁶, B -C⁴, A², A⁴, [ ]⁴, A⁴, [ ]⁴, A⁶
Portada general para toda la obra y portada propia para cada pragmática, todas con escudo xilográfico real
Iniciales xilográficas

    España es cultura